Héctor Salgado Banda, Secretario de Finanzas, Inversión y Administración, en ejercicio de las facultades que me confieren los artículos 80 y 100 de la Constitución Política para el Estado de Guanajuato; 13, fracción II, 17, primer párrafo, 18, 24, fracciones I, inciso i), IV, inciso d), y IX de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo para el Estado de Guanajuato; 10 y 55 de la Ley para el Ejercicio y Control de los Recursos Públicos para el Estado y los Municipios de Guanajuato; 9, fracción V, y 17, tercer párrafo, de la Ley de Contrataciones Públicas para el Estado de Guanajuato; así como en observancia a lo dispuesto por los artículos 1, 4 y 5 fracción IV del Reglamento Interior de la Secretaría de Finanzas, Inversión y Administración; y


C O N S I D E R A N D O


La Ley de Contrataciones Públicas para el Estado de Guanajuato, dispone que la Secretaría de Finanzas, Inversión y Administración es competente para fijar las condiciones, a través de la emisión de lineamientos en materia de adquisiciones, enajenación y arrendamientos de bienes muebles, así como de la contratación de servicios para las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Estatal, así con fecha 31 de diciembre de 2018, esta dependencia hacendaria emitió los «Lineamientos para la Operación del Programa Anual de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios de las Dependencias y Entidades», vigentes a partir del 01 de enero de 2019.

Como parte del procedimiento que deben llevar a cabo las Dependencias y Entidades para capturar las solicitudes de pedido en la Plataforma Estatal de Información (PEI), se debe contar con la validación de quien sea titular del Área Administrativa, en la forma y términos que publique la Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales, conforme a lo establecido en el Anexo 7 de los Lineamientos previamente citados.

Para el ejercicio fiscal 2019 la Plataforma Estatal de Información (PEI) ha tenido diversas adecuaciones, dentro de las cuales figura la relativa al módulo de liberación de solicitudes de pedido de compra, por el que se hacen constar las validaciones de los titulares de las áreas administrativas sobre tales solicitudes, con lo cual se da inicio al procedimiento de contratación sustanciado en la Dirección de Adquisiciones y Suministros de esta Dependencia hacendaria, y que con motivo de las modificaciones de cita previa, a la fecha se realiza a través de firma electrónica, es que resulta necesario modificar el anexo 7 de los «Lineamientos para la Operación del Programa Anual de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios de las Dependencias y Entidades», a efecto de consignar las adecuaciones realizadas en lo relativo al procedimiento de liberación de solicitudes de pedido.

Por lo anteriormente expuesto y con fundamento en las disposiciones legales previamente invocadas, he tenido a bien expedir el siguiente:


A C U E R D O


ARTÍCULO ÚNICO. Se reforma el Anexo 7 de los «Lineamientos para la Operación del Programa Anual de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios de las Dependencias y Entidades».


T R A N S I T O R I O


Artículo Único. El presente Acuerdo entrará en vigor a partir de la fecha de su suscripción.

Dado en la sede de la Secretaría de Finanzas, Inversión y Administración del Estado, sita en la ciudad de Guanajuato, Guanajuato, a 20 de febrero de 2019.




HÉCTOR SALGADO BANDA