Héctor Salgado Banda, Secretario de Finanzas, Inversión y Administración, en ejercicio de las atribuciones que me confieren los artículos 80 primer párrafo y 100, de la Constitución Política para el Estado de Guanajuato; 13 fracción II, 17 párrafo primero, 18 párrafo primero, 24 fracciones V incisos a), b), c), y d) y IX, de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo para el Estado de Guanajuato; 10 de la Ley para el Ejercicio y Control de los Recursos Públicos para el Estado y los Municipios de Guanajuato, 14 fracción III, y 25 fracción II, del Reglamento del Servicio Civil de Carrera del Poder Ejecutivo para el Estado de Guanajuato; así como en observancia a lo dispuesto por los artículos 1, 4 párrafo primero, 5 fracción IV y 93 del Reglamento Interior de la Secretaría de Finanzas, Inversión y Administración; y


C O N S I D E R A N D O


Los «Lineamientos Generales para la Administración de los Recursos Humanos adscritos a las Dependencias, Entidades y Unidades de Apoyo de la Administración Pública Estatal», vigentes a partir del 01 de enero de 2020, se emiten con la finalidad de contar con un instrumento que regule la administración y el desarrollo del personal adscrito a las Dependencias, Entidades y Unidades de Apoyo de la Administración Pública Estatal, buscando dotarlas del recurso humano que cuente con un perfil idóneo, capacitado, eficiente, honesto, con orientación al servicio y comprometido en el ejercicio de sus funciones.

Así pues, se incluyen en los Lineamientos, la clasificación de plazas por nivel organizacional conforme al tabulador general de sueldos, a efecto de que haya congruencia con la clasificación que se tiene en el sistema de nómina respecto de las plazas reguladas, lo cual asimismo es congruente con los comprobantes de pago que son emitidos a los trabajadores. Además, cabe señalar que dicha clasificación será de utilidad para sustentar la referencia del pago de los estímulos que se efectúan al personal.

Por otro lado, derivado del Acuerdo adoptado por la Comisión Intersecretarial del Servicio Civil de Carrera tomado el 30 de enero de 2020, se adecúan los porcentajes a los que estarán sujetas las etapas que integran el procedimiento de selección para las personas que son aspirantes a ingresar al Poder Ejecutivo del estado de Guanajuato por medio del servicio civil de carrera.

Finalmente, se ajusta el numeral relativo a la corresponsabilidad de las áreas de recursos humanos con respecto a las personas servidoras públicas que no obtengan resultados aprobatorios en los cursos de capacitación a los que son inscritas, a fin de precisar que en dicho caso la persona servidora pública podrá realizarlo hasta por dos ocasiones más, lo cual guarda congruencia con lo dispuesto en el Reglamento de Servicio Civil de Carrera del Poder Ejecutivo del Estado de Guanajuato.

Por lo antes expuesto y con fundamento en las disposiciones previamente invocadas, he tenido a bien expedir el siguiente:


A C U E R D O


Artículo Único. Se reforman los artículos 21 en la tabla que contiene y 53 segundo párrafo y se adiciona un artículo 4 bis a los «Lineamientos Generales para la Administración de los Recursos Humanos adscritos a las Dependencias, Entidades y Unidades de Apoyo de la Administración Pública Estatal», para quedar como sigue:


«Clasificación de plazas por nivel organizacional

Artículo 4 bis.Para efectos de la clasificación de las plazas reguladas, y conforme al nivel que les corresponda dentro del tabulador general de sueldos, se establecen los siguientes niveles organizacionales:

  1. Operativos. Comprende las plazas del nivel tabular 1 al 4 y 4A;
  2. Mandos medios. Comprende las plazas del nivel tabular 5 al 11, conforme a la subclasificación siguiente:
    1. Administrativos. Se incluyen las plazas del nivel tabular 5 al 8; y
    2. Estratégicos. Se incluyen las plazas del nivel tabular del 9 al 11.
  3. Directivos. Comprende las plazas del nivel tabular 12 al 14; y
  4. Mandos superiores. Comprende las plazas del nivel tabular 15 en adelante.

Porcentajes...

Artículo 21.Las etapas del ...

Etapa

Porcentaje

Evaluación técnica

50%

Evaluación psicométrica

20%

Entrevista de validación de perfil

10%

Verificación de referencias laborales

5%

Entrevista de selección

15%

La información derivada ...

Las etapas consignadas ...


Corresponsabilidad ...

Artículo 53. Las personas servidoras públicas deberán asistir y acreditar los cursos de capacitación a los cuales sean inscritas. Cuando el resultado de los cursos de capacitación no sea aprobatorio, la persona servidora pública podrá realizarlo hasta por dos ocasiones más.

En el caso ...

Las personas servidoras ...

En aquellos casos ...»




T R A N S I T O R I O


Artículo Único. El presente Acuerdo entrará en vigor a partir de la fecha de su suscripción.

Dado en la sede de la Secretaría de Finanzas, Inversión y Administración del Estado, sita en la ciudad de Guanajuato, Guanajuato, a 14 de abril de 2020.




HÉCTOR SALGADO BANDA